Traducción jurada para trámites de extranjería
Los expedientes de residencia, arraigo, reagrupación familiar y visados se apoyan en documentos extranjeros que deben presentarse con traducción jurada al español.
Documentos que suelen traducirse
- Certificado de nacimiento.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen.
- Certificado de matrimonio y sentencia de divorcio.
- Libro de familia y documentos de filiación.
- Documentos de identidad y permisos de residencia.
- Contratos de trabajo, nóminas y certificados de empresa.
- Títulos y certificados de estudios para acreditar formación.
Recomendaciones antes de traducir
- Consulta en la Oficina de Extranjería qué documentos y con qué antigüedad se exigen para tu procedimiento concreto.
- Comprueba si tus documentos deben ir apostillados o legalizados en su país de origen. Sin ese requisito previo, pueden no ser admitidos.
- Pide la traducción cuando tengas los documentos definitivos, sobre todo si tienen fecha de caducidad (antecedentes penales).
- Guarda la traducción y el original: ambos se presentan juntos.
Los requisitos de extranjería cambian. Confirma siempre la documentación vigente en la web o la oficina que gestiona tu trámite.
Preguntas frecuentes
¿Puedo traducir todos los documentos en un solo encargo?
Sí. Si nos envías todos los documentos a la vez, te damos un presupuesto global y un único plazo de entrega.
¿Las traducciones caducan?
La traducción no caduca, pero los documentos que traduce sí pueden tener un plazo de validez que fija el organismo, como los antecedentes penales.